
Trámites para casarse
Las bodas religiosas son especialmente estresantes desde el punto de vista del papeleo que hay que realizar: como en todos los trámites burocráticos, el proceso puede ser realmente lento y aburrido, os contamos cuales son los trámites para casarse .
Lo primero de todo, es tened claro la iglesia en la que os queréis casar y reservad fecha, así mismo intentad hablar con el párroco que os vaya a casar para conocerlo un poco más y que os ayude en la tramitación previa a la boda. Cuanto antes se dé este paso, más fácil será dar con la fecha exacta.

Trámites para casarse “expediente matrimonial”
Para que el párroco pueda tramitar el expediente deberéis presentar una serie de documentos además de un testigo representante de cada parte (deben ser mayores de edad y estar correctamente documentados). Estos papeles formarán parte de vuestro “expediente matrimonial”. El sacerdote será además el encargado de la publicación del casamiento, proclamas y amonestaciones. Y si habéis decidido casaros en una parroquia distinta a la vuestra, solicitad el traslado de expediente.



El papel del testigo es el de dar testimonio de la validez legal de vuestra unión, es decir son los encargados de dejar claro que no hay inconveniente en que se realice esa boda. Así mismo dan constancia de la libertad con la que os casáis. A la hora de elegir a los testigos, mejor si es una persona que os conoce desde hace ya tiempo, ya que le preguntarán un poco sobre vuestra vida.
Certificado literal de Nacimiento actualizado
Certificado literal de Nacimiento actualizado de cada uno de los novios. Para obtenerlo hay que dirigirse al Registro Civil del lugar de nacimiento. Tardan aproximadamente cinco días en tenerlo listo. Algunas parroquias tienen suficiente con el Libro de Familia.



Partida de Bautismo reciente legalizada. Se obtiene en la parroquia en la que los novios fueron bautizados. Debéis pedirlo medio año antes de la celebración de la ceremonia.
Fotocopias del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de residencia de cada uno.
Certificado o justificante de haber asistido a un Cursillo Prematrimonial.
Algunas parroquias pueden exigir otros documentos necesarios para la boda como el certificado de confirmación y/o el certificado de soltería. Este último puede pedirse en el ayuntamiento donde se esté censado y es necesario cuando uno de los contrayentes es extranjero.



Trámites para casarse -Cursillos Prematrimoniales-
Certificado de los Cursillos Prematrimoniales. No es preciso hacerlos en la parroquia en la que os casáis, podéis hacerlos en cualquier parroquia. Preguntad las fechas al párroco que os va a casar o buscad en Internet, ya que pueden ser entre semana, los fines de semana o intensivos.
Para aquellas parejas que no podáis asistir de forma presencial, hay fórmulas que facilitan todo el papeleo, bien a distancia (rellenando un test y enviándolo en el plazo estipulado), o bien online, a través de tutorías.
Para que la ceremonia religiosa sea reconocida plenamente será necesario inscribir el matrimonio en el Registro Civil. Así, una vez concluida la ceremonia religiosa y se tenga el acta matrimonial firmada, se deberá entregar en el plazo de cinco días hábiles. Muchas parroquias se encargan de efectuar esta inscripción.



Trámites para casarse -Casos especiales.
En el caso de que los futuros esposos procedan de distintos cultos o religiones, o exista cualquier otro impedimento contemplado en el Derecho Canónico, se necesitará una dispensa.
Si alguno de los contrayentes es menor de edad, se necesitará un permiso paterno para que el enlace sea legal.
La partida de defunción del cónyuge, será necesaria si uno de los novios o los dos son viudos. Este certificado se obtiene en el Registro Civil.



Al margen de los trámites para una boda religiosa, la mayoría del papeleo necesario para realizar un enlace civil se lleva a cabo en el Registro Civil, donde tendréis que entregar toda la documentación previamente recopilada y donde también deberéis recoger el expediente una vez tramitado. Una vez presentados todos los papeles en el Registro, al que acudiréis con dos testigos (no tienen por qué ser los testigos de la boda), el juez y el fiscal verificarán los datos y, si son correctos, autorizarán la boda. Suelen tardar unos cuarenta y cinco días en responder.



Para más información a cerca de la organización de una boda civil, podéis seguir leyendo en Cómo organizar una boda civil, donde encontrareis toda la información y los trámites necesarios.
Si queréis ver más ideas originales para vuestra boda consultad la sección Magazine WP donde encontraraéis las últimas tendencias del mundo de las bodas.
Elena Almodóvar para Wedding Passion
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